Orientación académica y profesional

Índice del artículo

ies san jose

La Orientación Académica y Profesional es un proceso continuo de ayuda al alumnado en la toma de decisiones académicas y profesionales, de manera planificada y sistemática, cuyo objetivo es lograr el autoconocimiento y el conocimiento del mundo académico y laboral para realizar una elección adecuada. Este ámbito quizás sea el más representativo en la Etapa de Secundaria porque en la adolescencia se desarrolla el proceso de identidad general y se inicia el plan de inserción socio-laboral, y todo ello dentro de una gran complejidad educativa y social.

Las actuaciones contempladas corresponden al denominado POAP (Programa de Orientación Académica y Profesional), documento básico programático del Centro, elaborado por el Departamento de Orientación, en el que se recoge cómo asume el centro de Educación Secundaria las tareas de asesoramiento y orientación vocacional. Tiene como objetivo por tanto facilitar la madurez vocacional de los alumnos capacitándoles en la toma de decisiones.

El POAP contribuirá a facilitar la toma de decisiones de cada alumno/a respecto a su itinerario académico y profesional. A tal efecto incluirá:

  • Actuaciones dirigidas a que los alumnos y alumnas desarrollen las capacidades implicadas en el proceso de toma de decisiones y que conozcan y valoren de forma ajustada sus propias capacidades, motivaciones e intereses.

  • Actuaciones destinadas a facilitar información suficiente al conjunto del alumnado sobre las distintas opciones educativas o laborales relacionadas con cada etapa educativa, y de manera especial sobre aquellas que se ofrezcan en su entorno.

También deberá especificar las líneas de actuación prioritarias para cada etapa, ciclo o curso que, sobre éste ámbito, deben desarrollarse en el Centro indicando:

  1. Las que deben ser incorporadas en las Programaciones Didácticas de las distintas áreas, materias o módulos. Para ello será fundamental la coordinación con los Departamentos Didácticos y con la Junta de Profesores.

  2. Las que deben integrarse en la Acción Tutorial, sobre todo en la tutoría de grupo, individual y con las familias con el fin de facilitar la participación y colaboración de éstas en el proceso de ayuda a la toma de decisiones de sus hijos e hijas. Se diferenciarán las actuaciones específicas del Departamento de Orientación y las que serán desarrolladas por los Profesores Tutores.

  3. Las que corresponde organizar y desarrollar al propio Departamento de Orientación, para mantener relación con los centros de trabajo de su entorno y fomentar su colaboración en la orientación profesional del alumnado, así como en la inserción laboral de los que opten por incorporarse al mundo de trabajo al término de la ESO, del Bachillerato o de los Ciclos Formativos de Grado Medio.

Actualmente, el POAP está regulado por la siguiente normativa:

  1. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)

  2. Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)

  3. Decreto 40/2015, de 15/06/2015, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de CLM

  4. Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad Autónoma de CLM.

  5. Y especialmente, por la Resolución de 12/01/2015, de la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones para el Programa de Orientación Académica y Profesional del Alumnado de la Educación Secundaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Según esta última normativa, en su artículo segundo, la resolución tiene como finalidad, por un lado, establecer las condiciones para mejorar la orientación académica y profesional, que favorezca al máximo las transiciones entre los distintos niveles y etapas del sistema educativo, y, por otro, facilitar el acceso a la Formación Profesional...

Objetivos

Recogidos en la Resolución de 12/01/2015, artículo tercero, 1:

En la Programación General Anual se deben incluir, dentro de los objetivos generales fijados para el curso escolar en el ámbito de la orientación, los objetivos de orientación académica y profesional, a especificar por el Departamento de Orientación. Para conseguir estos objetivos, dicho Departamento establecerá un Programa de Orientación Académica y Profesional en el que se determinen los objetivos generales y las actuaciones concretas relativas a la orientación profesional en directa relación con el entorno socio-laboral, así como los relativos a la orientación académica.

Los objetivos generales del programa de orientación académica y profesional serán los siguientes:

  1. Facilitar el autoconocimiento del alumnado en cuanto a intereses, aptitudes, motivaciones y capacidades.

  2. Promover el conocimiento del sistema educativo, de las diversas opciones académicas y de la formación profesional.

  3. Facilitar el aprendizaje de búsqueda de información sobre sectores productivos.

  4. Recoger toda la información necesaria para que el alumnado pueda estar mejor orientado en su elección y toma de decisiones, tanto en enseñanzas académicas como profesionales.

  5. Colaborar con las familias en el análisis de la información para la orientación del alumnado.

  6. Considerar el empleo por cuenta propia como opción profesional.

  7. Promover el desarrollo de la creatividad.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para analizar y mejorar tu experiencia de navegación. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso.